En Argentina, la noción de Justicia Social y sus implicancias, fue introducida por la doctrina del Partido Socialista y defendida por su diputado Alfredo Palacios, elegido para el cargo en el año 1904. No era un término nuevo, ya se venía usando desde varias décadas atrás en Francia y España para denominar al objetivo a lograr por la socialdemocracia.
Al crearse la Organización Internacional del Trabajo, en el año 1909 incorporó el concepto de Justicia Social a su Constitución y la consideró como la base para una paz universal y permanente.
Son varias las acepciones que se le otorgan a esta expresión, pero todas coinciden en asociarla a los derechos de los sectores menos favorecidos de la sociedad y directamente con el goce de los derechos humanos, sociales y económicos de los trabajadores.
Hay cuestiones específicas que atañen a la justicia social, por ejemplo: los derechos sindicales y laborales, igualdad social, igualdad de oportunidades, la redistribución de la riqueza, las consecuencias de la pobreza entre otros
Habiendo justicia social deberían estar dadas las condiciones para que la sociedad se desarrollara igualitaria en el aspecto económico. Al no estar dadas tales condiciones es que se habla de la redistribución de la riqueza para moderar la enorme diferencia entre los que tienen mucho y los que nada tienen.
La justicia social contempla la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, pero no asegura la igualdad de resultados. Para que exista igualdad de resultados se necesita la intervención del estado en forma activa, allanando las interferencias que pudieran encontrarse en la búsqueda de esa igualdad.
Para que en un país haya justicia social palpable, la solidaridad tiene que ser real ya sea dentro de las empresas, del estado o entre ciudadanos.
Deben desaparecer los “empleos en negro” y la patronal debería inscribir legalmente a todos sus empleados de cualquier categoría que sean.
Deben crearse fuentes de trabajo genuinas que absorban a los actuales Planes de Empleo porque están condenados a salarios de hambre e inestabilidad.
Todo trabajador debería percibir salarios que le permitan vivir dignamente y sin precisar asistencia del estado para cubrir sus necesidades básicas.
Es cierto que hay empresas y organismos mixtos que reparten un porcentaje de sus ganancias entre sus asalariados, generalmente al cierre de los balances administrativos, pero son tan pocas que no alcanzan a ser significativas.
También es cierto que desde el estado se garantizan derechos civiles y políticos, pero desde el enfoque económico las desigualdades se profundizan y originan situaciones de protestas, socialmente justas, que predisponen al uso de la violencia para su resolución.
Para el desarrollo integral de una nación que pretende trascender sus fronteras, la paz interior debe ser mantenida contra viento y marea, y la justicia social, la igualdad de oportunidades, el arbitrio de los medios para lograr igualdad de resultados, el bienestar general y los derechos civiles y políticos realmente garantizados dan la confiabilidad necesaria al momento de establecer relaciones con el resto del mundo.
A partir del año 2002, y luego de superada una importante crisis institucional, el estado argentino ha participado activamente en auxilio de las clases desposeídas. Una medida de reciente ejecución fue el otorgamiento de la Asignación Universal por Hijo, que tiene por finalidad ayudar a la clase trabajadora para que sus hijos accedan a posibilidades que antes les eran negadas. Con la aplicación de algunas medidas todavía necesarias, que reforzando el sostenimiento de las familias favorezcan a los niños que aún trabajan en las calles, considero que se estaría caminando en forma concreta hacia una verdadera Justicia Social.
Clementina Rossini